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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS [calle y número]
[Código postal] [Municipio] ([Provincia]) · NIF [H00000000]
Administración: [Nombre del administrador / despacho] · [teléfono] · [correo electrónico]
[Burofax con certificación de contenido y acuse de recibo]
D./D.ª [nombre del deudor]
[domicilio para notificaciones comunicado a la comunidad o, en su defecto, el del piso o local]
[código postal] [municipio]
En [municipio], a [dd] de [mes] de [aaaa]
Asunto: solicitud de negociación previa (MASC) y notificación de la deuda con la comunidad — piso [piso]
Muy señor/a mío/a:
1. La deuda. Como [Secretario-Administrador] de la Comunidad de Propietarios [calle y número], le notifico que la Junta de Propietarios celebrada el [dd/mm/aaaa] aprobó la liquidación de la deuda que mantiene con la Comunidad como propietario/a del piso o local [piso], por un importe total de [0,00] €, con este desglose (art. 21.3 de la Ley de Propiedad Horizontal):
Concepto Periodo Importe (€)
Cuotas ordinarias [periodo] [0,00]
Derramas [periodo] [0,00]
Intereses y gastos [periodo] [0,00]
Total [0,00]
2. Invitación a negociar. Antes de acudir a los tribunales, y a los efectos de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (artículos 5, 7 y 10), la Comunidad le invita a resolver esta reclamación mediante negociación directa. El objeto de la negociación es el pago de la deuda indicada en el punto 1 y de las cuotas que venzan mientras dure la negociación.
3. Propuesta concreta de acuerdo. La Comunidad le propone, a su elección:
Pago único de [0,00] € antes del [dd/mm/aaaa], mediante transferencia a la cuenta de la Comunidad [IBAN ES00 0000 0000 0000 0000 0000], concepto «[piso] — deuda comunidad»; o
Pago aplazado en [n.º] plazos mensuales de [0,00] € cada uno, del [dd/mm/aaaa] al [dd/mm/aaaa], además de las cuotas corrientes. Si se incumple un plazo, vencerá el resto. [El acuerdo de pago se formalizará por escrito y lo firmarán ambas partes.]
4. Cómo responder. Puede aceptar la propuesta, hacer una contrapropuesta o pedir una reunión por escrito a [correo electrónico] o en [dirección de la administración], o por teléfono en [teléfono], indicando una fecha para la reunión. Puede acudir asistido/a de abogado si lo desea.
5. Plazo. Si en el plazo de 30 días naturales desde la recepción de esta carta no recibimos respuesta por escrito ni se celebra una primera reunión, la negociación se entenderá terminada sin acuerdo (art. 10.4 LO 1/2025) y la Comunidad podrá presentar la reclamación judicial, en particular el proceso monitorio del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal. En ese caso podrán reclamarse también las cuotas que venzan hasta la notificación, los intereses y los gastos de la reclamación, incluidos, en su caso, los honorarios de abogado y procurador dentro de los límites legales (art. 21.3 y 21.5 LPH).
6. Recuerde. Mientras no esté al corriente de las deudas vencidas puede asistir y deliberar en las juntas, pero no votar (art. 15.2 LPH), y su piso figurará en la relación de propietarios deudores de las próximas convocatorias (art. 16.2 LPH). Si ya ha pagado, le rogamos que nos lo comunique para comprobarlo.
Atentamente,
______________________________ El Secretario-Administrador D./D.ª [nombre] Comunidad de Propietarios [calle y número]
Notas para el administrador (borrar antes de enviar) • Desde el 3 de abril de 2025, para que se admita la demanda civil hay que acreditar un intento previo de negociación (MASC, art. 5 LO 1/2025). La ley no excluye el monitorio de la comunidad, y varias juntas de jueces lo exigen también ahí. Consulte el criterio del partido judicial antes de presentar la petición. • Acreditación: guarde la prueba de que el deudor recibió esta carta y pudo leer su contenido íntegro, y en qué fecha (burofax con certificación de contenido, art. 10.2 LO 1/2025). Si hay acuerdo, fírmelo por ambas partes (modelo «Acuerdo de pago»). • La solicitud de negociación interrumpe la prescripción desde el intento de comunicación (art. 7.1 LO 1/2025). Terminada la negociación sin acuerdo, la demanda debe presentarse en el plazo de un año para que el requisito se tenga por cumplido (art. 7.3 LO 1/2025). • Esta misma carta sirve como notificación al deudor del acuerdo de liquidación que exige el art. 21.3 LPH. Si la notificación es imposible en el domicilio, puede hacerse en el tablón de anuncios durante al menos tres días, con diligencia firmada. • Esto no es una «oferta vinculante confidencial» (art. 6.2 LO 1/2025, con abogado obligatorio si la deuda supera 2.000 €): es negociación directa entre las partes (art. 5.1). No cambie la redacción sin consultarlo. • Datos personales: envíe solo al propietario afectado.
Página 1 de 1 · Plantilla — revise con su administrador o abogado. No es asesoramiento jurídico. · © Layers (layers.md) · CC BY 4.0