Texto del documento
Contrato de prestación de servicios con firma electrónica
En [CIUDAD], a [FECHA].
EL PRESTADOR: [NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL], NIT o C.C. [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO DEL PRESTADOR], correo electrónico [CORREO DEL PRESTADOR].
EL CLIENTE: [NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL], NIT o C.C. [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO DEL CLIENTE], correo electrónico [CORREO DEL CLIENTE].
Las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERA. Objeto. El Prestador realizará para el Cliente los siguientes servicios: [DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y ENTREGABLES].
SEGUNDA. Plazo. Los servicios inician el [FECHA DE INICIO] y terminan el [FECHA DE TÉRMINO O «AL CONCLUIR LOS SERVICIOS»]. Etapas: [ETAPAS Y FECHAS, SI LAS HAY].
TERCERA. Precio y pago. El Cliente pagará [MONTO Y MONEDA] como [PRECIO FIJO / TARIFA POR HORA / CUOTA MENSUAL]. El Prestador emitirá el comprobante [CUÁNDO] y el Cliente pagará dentro de los [NÚMERO] días siguientes, mediante [DATOS DE PAGO]. Impuestos: [TRATAMIENTO FISCAL].
CUARTA. Recepción. El Cliente revisará cada entregable dentro de los [NÚMERO] días siguientes a su entrega y comunicará por escrito (el correo electrónico es suficiente) cualquier observación. Si no lo hace en ese plazo, el entregable se tendrá por aceptado.
QUINTA. Independencia. El Prestador actúa con sus propios medios y por su cuenta, sin relación de subordinación con el Cliente, y responde de sus propias obligaciones fiscales.
SEXTA. Confidencialidad. Cada parte guardará reserva sobre la información no pública de la otra y la usará solo para cumplir este contrato, durante su vigencia y [NÚMERO] años después.
SÉPTIMA. Terminación. Cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato con aviso por escrito de [NÚMERO] días. Si una parte incumple gravemente y no corrige el incumplimiento dentro de los [NÚMERO] días siguientes al aviso, la otra puede terminarlo de inmediato. Los servicios prestados hasta la terminación se pagan.
OCTAVA. Forma electrónica y firmas.
8.1. Las partes acuerdan celebrar este contrato en forma electrónica y firmarlo con firma electrónica, conforme a la Ley 527 de 1999.
8.2. La firma de cada parte queda vinculada a ella mediante [VÍA: ENLACE ENVIADO A SU CORREO / CÓDIGO DE UN SOLO USO ENVIADO A SU TELÉFONO].
8.3. Junto con el contrato se conserva un registro de firma: quién abrió el documento, quién lo firmó, la fecha y hora de cada paso, la [DIRECCIÓN IP] y la huella digital (hash) del archivo firmado. Las partes aceptan que este registro sirva como prueba de la firma y de la integridad del documento.
8.4. Cada parte recibe una copia completa del contrato firmado y del registro de firma, y puede conservarla e imprimirla.
8.5. Este contrato no comprende actos para los que la ley exige escritura pública u otra solemnidad (por ejemplo, la venta de bienes raíces); esos actos requieren su propio documento en la forma que la ley señale.
NOVENA. Ley aplicable y controversias. Este contrato se rige por las leyes de la República de Colombia. Las partes intentarán resolver cualquier controversia de buena fe; en su defecto, se someten a [TRIBUNALES O ARBITRAJE Y LUGAR].
DÉCIMA. Modificaciones. Cualquier modificación debe constar por escrito y estar firmada por ambas partes; la forma electrónica y la firma electrónica son válidas para ello.
Consentimiento para la forma electrónica
[ ] El Prestador: acepto celebrar y firmar este contrato en forma electrónica.
[ ] El Cliente: acepto celebrar y firmar este contrato en forma electrónica.
Parte Nombre y cargo Firma electrónica Fecha y hora Correo o teléfono
El Prestador [NOMBRE, CARGO] ____________________ [FECHA Y HORA] [CORREO O TELÉFONO]
El Cliente [NOMBRE, CARGO] ____________________ [FECHA Y HORA] [CORREO O TELÉFONO]
Para mí: antes de enviar a firma
[ ] El método de firma identifica al cliente y muestra su aprobación (Ley 527, art. 7)
[ ] No es venta de bienes raíces ni otro acto con escritura pública (Código Civil, arts. 1760, 1857)
[ ] El archivo queda accesible para consulta posterior (Ley 527, art. 6)
[ ] Registro de firma guardado: sirve para valorar la prueba (art. 11)
[ ] Contrato y registro conservados al menos 10 años (Código Civil, art. 2536)