Liquidación e indemnización por antigüedad

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Liquidación e indemnización por antigüedad

Cálculo según los artículos 42 a 45, 76 a 78 y 93 a 95 del Código del Trabajo de Nicaragua

Trabajador(a): [NOMBRE COMPLETO]

Empleador: [EMPLEADOR]

Tiempo de servicio: [FECHA DE INGRESO] al [ÚLTIMO DÍA]

Motivo: [DESPIDO SIN CAUSA / RENUNCIA / MUTUO ACUERDO]

1. El cálculo

Concepto Monto

Último salario mensual ordinario C$ [MONTO]

Años de servicio [AÑOS]

Indemnización por antigüedad (art. 45): [DÍAS] días de salario C$ [MONTO]

Vacaciones no gozadas: [DÍAS] días × salario ÷ 30 C$ [MONTO]

Décimo tercer mes proporcional: [MESES] meses × salario ÷ 12 C$ [MONTO]

Salarios y otros pagos pendientes C$ [MONTO]

Total de la liquidación C$ [MONTO]

2. Tabla de la indemnización por antigüedad (art. 45)

Años de servicio Días de salario

1 30

2 60

3 90

4 110

5 130

6 o más 150 (tope de 5 meses)

Lo que dice el Código del Trabajo • Art. 45: un mes por cada uno de los tres primeros años, veinte días por año desde el cuarto; mínimo un mes, máximo cinco meses; fracciones proporcionales. • Art. 43: con renuncia o mutuo acuerdo se conserva el derecho por antigüedad del artículo 45. • Art. 42: siempre se pagan las vacaciones y el décimo tercer mes proporcionales. • Art. 95: el treceavo se paga dentro de los diez días después de terminado el contrato.

3. Solicitud de pago de la liquidación

[CIUDAD]

[FECHA]

Señores

[EMPLEADOR]

Atención: Recursos Humanos

Asunto: Pago de liquidación final

Estimados señores:

Yo, [NOMBRE COMPLETO], cédula de identidad [NÚMERO DE CÉDULA], trabajé para ustedes como [CARGO] desde el [FECHA DE INGRESO] hasta el [ÚLTIMO DÍA], cuando terminó la relación laboral por [MOTIVO DE LA TERMINACIÓN].

Conforme a los artículos 42, 43, 45 y 77 del Código del Trabajo, solicito el pago de:

indemnización por antigüedad (art. 45): C$ [MONTO];

vacaciones no gozadas (arts. 76 a 78): C$ [MONTO];

décimo tercer mes proporcional (arts. 42 y 95): C$ [MONTO];

salarios y otros pagos pendientes: C$ [MONTO];

Total: C$ [MONTO]. Adjunto el detalle del cálculo. Recuerdo que el décimo tercer mes debe pagarse dentro de los diez días después de terminado el contrato (art. 95).

Quedo a la espera de su respuesta antes del [FECHA LÍMITE DE RESPUESTA].

Atentamente,

______________________________

[NOMBRE COMPLETO]

Cédula: [NÚMERO DE CÉDULA]

Teléfono: [TELÉFONO]

Si no hay acuerdo 1. Entregue la solicitud en dos copias y pida que firmen y sellen la suya. 2. No firme un finiquito por menos de lo que le corresponde sin revisarlo. 3. Puede acudir a la Inspectoría Departamental del Ministerio del Trabajo (MITRAB).

Cálculo informativo, no asesoría legal. Ley 185, La Gaceta n.º 205 del 30 de octubre de 1996, leída el 21 de octubre de 2026.