Vacaciones: 15 días con 30% adicional
Después de un año de trabajo continuo con el mismo patrono, tenés derecho a quince días de vacaciones, remunerados con tu salario ordinario de esos días más un 30% (Código de Trabajo, art. 177).
Lo que dice la ley
| Regla | Detalle |
|---|---|
| Cuándo | Después de 1 año de trabajo continuo |
| Duración | 15 días |
| Pago | Salario ordinario de los 15 días + 30% |
Ejemplo: Carlos
Ejemplo condicional. Salario mensual $600; salario diario $20.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| 15 días de salario | 15 × $20 | $300 |
| Prima de 30% | $300 × 30% | $90 |
| Total | $390 |
⚠️ Ojo. Revisá tu boleta: el 30% va aparte del salario de los 15 días. Si dejás el trabajo, las vacaciones y el aguinaldo se calculan por separado en tu finiquito.
Checklist
- ☐ Fecha en que cumplís el año continuo
- ☐ Salario diario ordinario
- ☐ Línea del 30% en la boleta
El Excel ya está listo
Incluye las vacaciones y el aguinaldo por separado: escribí tu salario y tus fechas.
Base legal: Código de Trabajo (Decreto N.° 15), art. 177 — asamblea.gob.sv. Revisado el 01.11.2026. No es asesoría legal.