Nómina y trabajo · El Salvador

Renuncia voluntaria: prestación desde 2 años

La Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria da derecho a una prestación si tienes al menos dos años de servicio continuo con el mismo empleador. Debes dar preaviso por escrito: 15 días en general y 30 días para jefaturas y trabajadores especializados.

Antes de renunciar

  • ☐ Cuenta tus años de servicio
  • ☐ Entrega el preaviso por escrito
  • ☐ Usa las hojas oficiales para la renuncia

Calcula lo que te toca 👇

Base: Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria, arts. 2, 3 y 5.

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