Renuncia voluntaria: prestación desde 2 años
La Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria da derecho a una prestación si tienes al menos dos años de servicio continuo con el mismo empleador. Debes dar preaviso por escrito: 15 días en general y 30 días para jefaturas y trabajadores especializados.
Antes de renunciar
- ☐ Cuenta tus años de servicio
- ☐ Entrega el preaviso por escrito
- ☐ Usa las hojas oficiales para la renuncia
Calcula lo que te toca 👇
Base: Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria, arts. 2, 3 y 5.