Nómina y trabajo · Paraguay

Licencia con salario: 3 días por matrimonio

El artículo 62, inciso j, del Código del Trabajo obliga al empleador a conceder, a solicitud del trabajador, tres días de licencia con goce de salario para contraer matrimonio.

Por fallecimiento del cónyuge, hijos, padres, abuelos o hermanos son cuatro días.

Ejemplo

Ejemplo ilustrativo. Te casas el viernes y pides licencia de miércoles a viernes: esos tres días se pagan con tu salario normal.

Importante

La licencia se concede a solicitud tuya. Pídela por escrito y guarda una copia.

Antes de pedirla

  • ☐ Confirma las fechas
  • ☐ Solicita por escrito
  • ☐ Guarda la copia
  • ☐ Revisa tu recibo de salario

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Base: Código del Trabajo de Paraguay (Ley 213), art. 62, inc. j.

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