Horas extra, nocturnas y feriados: 50% y 100%
El Código del Trabajo (art. 234): las horas extraordinarias se pagan con al menos 50% sobre el salario de la jornada ordinaria; el trabajo nocturno, con 30%; las horas extra nocturnas, con 100%, y las horas en días feriados, con 100%. Las horas extra no pueden pasar de tres al día (art. 201).
Ejemplo ilustrativo
Salario hora Gs. 20.000 → hora extra diurna Gs. 30.000; hora en feriado Gs. 40.000.
Revisá
- ☐ Horas extra diurnas y nocturnas
- ☐ Horas en feriados
- ☐ Recargos en tu hoja de liquidación
- ☐ Suma para el aguinaldo
Calculá tu aguinaldo con las horas extra 👇
Base: Código del Trabajo (Ley 213/93), arts. 201 y 234.