Nómina y trabajo · Nicaragua

Treceavo mes: a más tardar el 10 de diciembre

El Código del Trabajo (art. 95) dice que el décimo tercer mes debe pagarse dentro de los primeros diez días de diciembre, o dentro de los primeros diez días después de terminado el contrato.

Antes del 10 de diciembre

  • ☐ Calcula tu treceavo
  • ☐ Revisa el último mes de salario
  • ☐ Guarda tu colilla de pago

Calcula tu treceavo — te recordamos 3 días antes 👇

Base: Código del Trabajo de Nicaragua (Ley 185), art. 95.