Vacaciones: se disfrutan, no se cambian por dinero
PROFEDET recuerda que las vacaciones jamás se deben compensar con remuneración: el patrón tiene que otorgar el periodo para disfrutarlo. Solo si la relación de trabajo termina antes de cumplir el año, te toca una remuneración proporcional al tiempo trabajado.
Ejemplo ilustrativo
Renuncias a los 8 meses: en tu finiquito van las vacaciones proporcionales más la prima vacacional de 25%.
Revisa
- ☐ Días de vacaciones que te tocan este año
- ☐ Días ya disfrutados
- ☐ Vacaciones proporcionales en el finiquito
Calcula vacaciones proporcionales en tu finiquito 👇
Fuente: PROFEDET, «Persona trabajadora, las vacaciones son tu derecho» (LFT arts. 76, 79, 80).